Complicaciones en proceso por acceso carnal abusivo en población Jiw  

Fecha:

Texto y fotos por: Ashley Montealegre

Una menor de 12 años, perteneciente a la población indígena de los Jiw, está en un proceso penal por acceso carnal abusivo con menor de 14 años, al pedir asesoría para planificación sexual en el centro médico de San José del Guaviare, tras mantener relaciones sexuales consensuadas con su marido, también integrante de esta etnia.   

La niña llegó al centro médico el primero de diciembre del 2022 para pedir asesoría de planificación sexual. Sin embargo, el Código Penal dicta que toda relación sexual con menor de 14 años es procesada como acceso carnal abusivo si es cometido por un mayor de 14; razón por la que se activó la ruta para la atención de víctimas de delitos sexuales ya que el esposo de la menor era mayor de edad. Pero, dentro de los Jiw (también conocidos como Guayaberos) desde la primera menstruación las jóvenes se consideran aptas para el matrimonio y la familia, siendo parte de su cultura y costumbres.  

Acceso carnal vs cultura

Paula Yuliet Montes, trabaja en el área de salud y explica que dentro de cualquier institución a cada menor de 14 años que haya tenido relaciones sexuales se le debe activar la ruta (así ambos involucrados sean menores de 14), siendo una obligación del sistema de salud para la protección de los menores según la ley 1098 del Código de Infancia y Adolescencia. Dado a que la menor admitió haber tenido relaciones sexuales con su esposo se inició el proceso en contra de su marido, miembro de su comunidad y padre del niño que hoy carga en su vientre.  

Constitución Política de Colombia
Foto: Ashley Montealegre. Los Jiw son el pueblo con mayor número de habitantes indígenas en el Guaviare con 617 personas en su resguardo. En estos procesos, al ser un resguardo seminómada, se ve como dificultad la comunicación entre ellos y el juzgado, pues no cuentan con correo electrónico o un sitio de asentamiento especifico.  

Hoy, a los 13 años, en cinta y con un esposo en medio del proceso penal, el juzgado Tercero Promiscuo de Circuito tiene la dualidad de archivar el proceso por la costumbre de los Jiw o continuar con la investigación que podría privar de la libertad al acusado. Según el segundo capítulo de los actos sexuales abusivos del Código Penal art. 208 puede tener una condena de entre los 12 a los 20 años de cárcel.   

El sociólogo Andrés Noreña, opina que en este caso se erigió una pareja, lo que hace del proceso y la decisión a tomar “grave”, dado a que las consecuencias afectarían una familia establecida.  Por su parte, Lina Fernanda Aguirre, jueza a cargo del caso, expresa:

“El proceso afecta no solo a la víctima primaria (la menor de 14) sino también al menor que es hijo de la pareja. Es una dicotomía ya que ejecutó un delito, pero se deben tener en cuenta su cultura y normas”.

Se está a la espera de la decisión a tomar.  

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here

Comparte esta nota

spot_imgspot_img

Popular

Juan Camilo Montes: un trabajador imparable 

De Manizales a Hollywood, un sueño por el que...

Arrancó la electiva Responsabilidad Social y Empresarial 

La electiva de Responsabilidad Social y Empresarial se abrió...

Un viaje literario a través de la crónica latinoamericana  

Estudiantes del Taller de Prensa II de la Escuela...

Entre la gastronomía y la comunicación 

Óscar Darío Salazar, graduado en el 2009 de la...